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Récord de declaraciones en la Campaña de la Renta 2023, con cifras millonarias

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La Campaña de la Renta y Patrimonio 2023 llega a su fin con récord de declaraciones

Los contribuyentes españoles han respondido de forma masiva a la Campaña de la Renta y Patrimonio 2023, que finaliza este lunes 1 de julio. Con un total de 23.281.000 declaraciones presentadas, se ha registrado un aumento del 1,2% con respecto al año anterior, marcando un récord en la participación de los contribuyentes.

La Agencia Tributaria ha previsto ingresar un total de 18.908 millones de euros en esta Campaña, lo que supone un incremento del 12,2% en comparación con el ejercicio anterior. Sin embargo, el importe a devolver a los contribuyentes será un 1,8% inferior, alcanzando los 11.650 millones de euros.

Obligación para autónomos y beneficiarios del IMV

Una de las novedades de esta Campaña es la obligatoriedad para todos los autónomos de presentar la Declaración de la Renta el próximo año, independientemente de sus ingresos. Asimismo, las personas titulares del Ingreso Mínimo Vital y los integrantes de la unidad de convivencia también deberán cumplir con esta obligación anualmente.

Además, esta Campaña ha estado marcada por la ampliación de la deducción por maternidad y la deducción en el IRPF por guarderías, tras una sentencia del Tribunal Supremo. También se han realizado devoluciones a los pensionistas que hicieron aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF, siguiendo otra sentencia del Tribunal Supremo.

Excepciones para no declarar

En términos generales, no están obligados a presentar la Declaración de la Renta los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce en casos específicos, como cuando los rendimientos proceden de más de un pagador o cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.

Igual que en el año anterior, tampoco tendrán la obligación de declarar aquellos contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, siempre que el límite conjunto no supere los 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.


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