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Descubre cómo varía el Impuesto de Sucesiones en España

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El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en España: Todo lo que Debes Saber

Si has recibido una herencia o una donación en España, es fundamental que estés al tanto del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Este gravamen se aplica a la transmisión de bienes o derechos de una persona a otra, ya sea por fallecimiento o por donación en vida. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este impuesto varía significativamente según la comunidad autónoma en la que residas y también en función del grado de parentesco con el fallecido o donante, así como del valor del caudal hereditario.

El conocimiento sobre este impuesto puede ser clave para planificar tus finanzas y decidir si es más conveniente aceptar una herencia o renunciar a ella.

Cálculo del Impuesto de Sucesiones y Donaciones

El cálculo del Impuesto de Sucesiones y Donaciones se basa en la base imponible, que se determina sumando el valor neto de los bienes heredados o donados y restando las cargas, deudas y gastos asociados. A partir de esta cifra, se aplican reducciones específicas que dependen de la comunidad autónoma y del grado de parentesco entre el heredero y el fallecido.

Una vez que se ha establecido la base imponible, se aplican los porcentajes correspondientes, que varían según la comunidad. A este resultado se le añaden coeficientes multiplicadores que también pueden cambiar en función del patrimonio preexistente del heredero y su relación con el causante. Por último, las comunidades autónomas aplican bonificaciones y deducciones que determinarán el importe final a pagar.

Grados de Parentesco y sus Implicaciones Fiscales

Para entender cómo se aplica el impuesto en cada comunidad, es esencial conocer los diferentes grupos de parentesco que se consideran:

  • Grupo I: Descendientes y adoptados menores de 21 años.
  • Grupo II: Descendientes y adoptados de 21 años o más, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
  • Grupo III: Colaterales de segundo grado como hermanos, tíos y sobrinos, así como ascendientes y descendientes por afinidad.
  • Grupo IV: Colaterales de cuarto grado, como primos y otros grados más distantes de parentesco.

La clasificación en estos grupos influye directamente en las reducciones y bonificaciones que se pueden aplicar al impuesto.

Tributación por Comunidades Autónomas

A continuación, se detalla cómo tributan las herencias por fallecimiento en las diferentes comunidades autónomas de España:

Madrid

En Madrid, el impuesto cuenta con una bonificación del 99% para los grupos I y II. Recientemente, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado un incremento de la bonificación del 25% al 50% para los hermanos, tíos y sobrinos, lo que podría suponer un ahorro significativo para los madrileños.

Cataluña

Cataluña presenta bonificaciones que oscilan entre el 99% y el 57,37% para el grupo I, dependiendo de la base imponible. Para el grupo II, las bonificaciones varían del 60% al 28,92% si la base imponible supera los tres millones de euros. Los cónyuges también pueden beneficiarse de una bonificación del 99%.

Andalucía

Andalucía ofrece bonificaciones del 99% para los grupos I y II, lo que la convierte en una opción favorable para los herederos directos.

Aragón

En Aragón, se aplican bonificaciones del 99% para el grupo I y del 65% en la adquisición de la vivienda habitual del causante, siempre que su valor no supere los 300.000 euros.

Asturias

Asturias tiene una política favorable, ya que no se gravan las herencias que no superen los 300.000 euros para los grupos I y II.

Baleares

Las Baleares destacan por ofrecer una bonificación del 100% para los grupos I y II. Además, los colaterales de segundo grado pueden beneficiarse de bonificaciones que oscilan entre el 50% y el 25%.

Canarias

En Canarias, los grupos I, II y III disfrutan de una bonificación del 100%, y en algunos casos, el grupo IV también podría beneficiarse de esta exención.

Cantabria

Cantabria ofrece deducciones y bonificaciones del 100% para los grupos I y II, mientras que los colaterales del segundo grado disfrutan de una bonificación del 50%.

Castilla y León

En esta comunidad, los cónyuges, descendientes o adoptados, así como ascendientes o adoptantes, pueden beneficiarse de una bonificación del 99%.

Castilla-La Mancha

Castilla-La Mancha ofrece una bonificación del 100% para los grupos I y II si la base liquidable es menor o igual a 175.000 euros, reduciéndose progresivamente hasta el 80% si la base liquidable alcanza los 300.000 euros.

Extremadura

En Extremadura, los grupos I y II también cuentan con una bonificación del 99%, incluyendo las cantidades percibidas por personas beneficiarias de seguros sobre la vida.

Galicia

En Galicia, los grupos I y II están exentos de pagar el impuesto hasta un millón de euros, lo que representa una ventaja significativa para los herederos.

Murcia

Murcia ofrece bonificaciones del 99% para los grupos I y II, lo que la convierte en otra comunidad favorable para heredar.

La Rioja

En La Rioja, se aplican deducciones del 99% para los grupos I y II, y se amplía la deducción a las personas que han convivido durante al menos 15 años en el mismo domicilio.

Comunidad Valenciana

La Comunidad Valenciana ofrece bonificaciones del 99% para los grupos I y II, y también introduce bonificaciones del 50% para adquisiciones realizadas por parientes del causante en el grupo III, si el fallecimiento se debió a la DANA.

País Vasco

En el País Vasco, las herencias que no superen los 400.000 euros están exentas de pagar el impuesto para los grupos I y II. Para las cuantías superiores, se aplica un tipo impositivo del 1,5%.

Navarra

En Navarra, los cónyuges tienen un tipo del 0% hasta los 250.000 euros, y a partir de ahí, el gravamen se eleva al 0,8%. Para ascendientes y descendientes en línea recta, los tipos impositivos varían entre el 2% y el 16%.

Las Comunidades Más Caras y Baratas para Heredar

Entre las comunidades más favorables para heredar se encuentra Madrid, que ofrece bonificaciones de hasta el 99% para los grupos I y II. Otras comunidades que también presentan condiciones ventajosas son Andalucía, Valencia, Baleares, Canarias, Castilla y León, La Rioja, Murcia, Galicia y Extremadura.

Por otro lado, comunidades como Cataluña, Castilla-La Mancha y Aragón se destacan por tener un régimen fiscal más gravoso, lo que supone una mayor carga fiscal para los herederos.

Conocer las diferencias en la tributación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en cada comunidad puede ser crucial para tomar decisiones informadas sobre la aceptación o renuncia de herencias.


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