Amnistía

Fiscalía Supremo no recurrirá amnistía a condenados del 'procés' en Cataluña

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Fiscalía del Tribunal Supremo no recurrirá la amnistía a los condenados del 'procés'

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha decidido no recurrir la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de amnistiar la malversación al exconseller de Interior del Govern Miquel Buch y al escolta del expresidente Carles Puigdemont el mosso d'Esquadra Lluís Escolà, a pesar de que la Fiscalía de Cataluña había anunciado un recurso.

Tras una Junta de Fiscales el pasado 18 de junio, la cúpula fiscal avaló la postura defendida por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, de aplicar la ley de amnistía a la malversación, la desobediencia y los desórdenes públicos atribuidos al 'procés'. Esto llevó a la decisión de no recurrir la amnistía a los condenados.

La teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, y el fiscal de Sala jefe de lo Penal de la Fiscalía del TS, Joaquín SánchezCovisa, fueron los encargados de asumir la causa del 'procés' en el Supremo y presentar el informe con el criterio fijado.

Desde la Fiscalía se recuerda que es una entidad jerárquica y que, al haber presentado un informe previo solicitando la amnistía para los encausados y condenados del 'procés', no es posible que la Fiscalía de Cataluña pretenda recurrir la decisión del TSJ catalán de amnistiar a Buch y Escolà.

La única Fiscalía competente para recurrir en casación ante el Supremo es la del propio Tribunal Supremo. El TSJ de Cataluña acordó la amnistía el pasado 25 de junio, declarando extinguida la responsabilidad penal de los condenados.

Miquel Buch había sido condenado por malversación a cuatro años y medio de prisión por designar a Lluís Escolà como su escolta, quien también fue condenado a cuatro años, tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución.


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